TESTIMONIO: VISTO: La puesta en marcha, el día 19 de octubre próximo pasado en la ciudad de Necochea del Ente Interjurisdiccional Buenos Aires Exporta, en el marco de la Ley 11.354 de Promoción de las Exportaciones de la Provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO: Que la Ley precitada, sancionada el 20 de noviembre de 1992, de-fine como objetivos principales: a) Promoción del intercambio comercial de la Provincia, en Espe- cial con los países miembros del Mercosur. b) Fomento de las exportaciones de bienes y servicios producidos en la Provincia, especialmente aquellos generados por los PYMES, c) Diversificación de la oferta exportable tendiente a lograr el crecimiento de las exportaciones con mayor valor agregado y un mayor nivel de competitividad. d) Facilitar al productor el acceso a la tecnología y el conoci- miento de los mercados. e) Propiciar acuerdos con organismos internacionales de crédito e instituciones de apoyo científico. Que además la Ley que citamos (11.354) dispone como beneficio promocional la devolución de impuestos Provinciales a la Energía y a los In-gresos Brutos (pagados directamente o indirectamente a través del costo de los insumos), únicamente a las PyMES productoras de manufacturas de origen indus-trial y/o agropecuarios, o productos agropecuarios que pueden considerarse bienes de exportación listos para el consumo final. Que la Ley, en su Artículo 12º prevé la creación del Fondo de Promoción de las Exportaciones de Buenos Aires (FOPREXBA) Cuenta Especial, con el objeto de apoyar y estimular el sector exportador de la Provincia, preferentemente de la mediana y pequeña empresa. Que la preocupación de los legisladores provinciales y miembros del gobierno provincial en la rápida instrumentación de la Ley 11.354 de Pro-moción a las Exportaciones y el Decreto Reglamentario Nº 987, se fundamenta en la necesidad de alentar y estimular al sector productivo, en mejorar sus sistemas de producción de cara a las nuevas demandas del exterior, sobre todo teniendo en cuenta la propuesta en marcha del Mercado Común del Sur (Mercosur) con todo lo que ello implica. Que en esta misma línea de pensamientos debemos tener presente que la Provincia de Buenos Aires, según datos del INDEC, el último año habría exportado al mundo por un monto aproximado a los cuatro mil millones de dóla-res, y esta capacitada productivamente para aumentar sustancialmente esa cifra. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: R E S O L U C I O N Nº 20/94 --------------------------------- ARTICULO 1.- Adherir a la puesta en marcha del Ente Buenos Aires Exporta en el ------------ ámbito de la Provincia de Buenos Aires, conformado de acuerdo a lo expresado en el Artículo 19º de la Ley 11.354 de Promoción de Exportaciones por: a) Tres miembros de la Subsecretaría de Relaciones Internaciona- les del Ministerio de la Producción. b) Los Presidentes de las Comisiones de Comercio Exterior, de In- dustria, de ambas Cámaras Legislativas. c) Un miembro por el Directorio del Banco de la Provincia de Bue- nos Aires. d) Cinco miembros por las Entidades Empresarias de Cúpula de la Provincia, integrantes del actual Consejo Asesor Provincial de Comercio Exterior.-------------------------------------------- ARTICULO 2.- Invitar a los Honorables Concejos Deliberantes de los distintos ------------ distritos de la Provincia de Buenos Aires a adherir a esta Reso-lución.----------------------------------------------------------------------- ARTICULO 3.- Enviar copia a la Cámara de Diputados y Senadores de la Provincia ------------ de Buenos Aires y a la Subsecretaría de Relaciones Económicas In-ternacionales del Ministerio de la Producción.-------------------------------- ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordi-naria, a los veintisiete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SE-CRETARIO.---------------------------------------------------------------------